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Equipo
Su patrimonio, nuestros conocimientos
Dos abogados en el mismo expediente: una especializada en la partición y otro en la fiscalidad. No se le asigna un abogado y ya está —le atendemos los dos, y en cada fase lleva la voz quien mejor la domina. Ahí está nuestra fuerza.
Pilar Matilla Montero
Sucesiones y régimen económico
Ejerce desde 1997 y lleva herencias desde 2010, cuando empezó a gestionar los expedientes sucesorios de Mapfre. Dirige la partición y la liquidación de gananciales. Es contadora-partidora del ICAM y mediadora familiar.
Colegiada nº 61.052 · ICAM · Ejerciendo desde 1997
César López Madrigal
Herencias y fiscalidad
Abogado especialista en sucesiones y en derecho tributario. Asesor Financiero Europeo colegiado por EFPA. Planifica la fiscalidad a largo plazo: no solo el Impuesto de Sucesiones, también la renta de cada heredero y la venta futura del inmueble.
Es la confusión más habitual: lo que nos paga a nosotros no tiene nada que ver con lo que paga a Hacienda. Y en Madrid, lo segundo depende casi por completo de su parentesco con el fallecido.
Grupos I y II
99 %bonificado en Madrid
Hijos, nietos, cónyuge y padres
La cuota suele quedarse en cantidades simbólicas. Aquí el trabajo no es ahorrar impuestos: es presentar bien y dentro de los seis meses.
50 %bonificado desde julio de 2025
Grupo III
Hermanos, tíos y sobrinos
Aquí sí hay factura real. Es el caso de quien fallece sin hijos, y donde planificar bien le ahorra bastante más de lo que cuestan nuestros honorarios.
0 %sin bonificación autonómica
Grupo IV
Primos, parientes lejanos y personas sin parentesco
Además se aplica un coeficiente multiplicador sobre la cuota. Es el escenario más caro y el que más conviene mirar con tiempo.
La plusvalía municipal
Si hay vivienda, el ayuntamiento cobra aparte por el incremento de valor del suelo. Se presenta también en seis meses y hay dos formas de calcularla: elegimos la que menos le salga.
Y después, si vende el piso
La venta de un inmueble heredado tributa en su declaración de la renta. El valor que se le asigne en la herencia determina lo que pagará después: por eso conviene decidirlo antes de firmar, no cuando ya no tiene remedio.
César López Madrigal es abogado especialista en derecho tributario y lleva la parte fiscal de cada expediente. Le decimos lo que va a pagar antes de que firme nada.
Es la parte que más desespera a las familias y de la que nadie avisa. Los departamentos de testamentaría de los bancos no lo ponen fácil, y con ellos hay que tratar sí o sí.
Cada banco pide lo suyo
No hay un trámite común. Cada entidad tiene su propio departamento de testamentarías, sus propios formularios y su propia lista de documentos, y ninguna se parece a la anterior.
Anexos que hay que redactar
Piden documentación adicional en forma de anexos con su formato. La gente no sabe redactarlos, no entiende bien qué le están pidiendo y no sabe si lo está haciendo bien hasta que se lo rechazan.
Y el dinero sigue bloqueado
Mientras tanto las cuentas están inmovilizadas. Cada anexo mal presentado son semanas más de espera, y a veces hay que pagar impuestos antes de poder tocar ese saldo.
De esto nos ocupamos nosotros. Hemos tratado con los departamentos de testamentaría de prácticamente todas las entidades: sabemos qué pide cada una, cómo se redactan sus anexos y por dónde se atasca cada expediente. Usted no tiene que entender el formulario de su banco. Para eso estamos.
Guías
Las cuatro dudas con las que llega casi todo el mundo
Explicadas enteras y sin tecnicismos. Si su caso es uno de estos, ahí tiene la respuesta antes de llamarnos.
Lunes a viernes, 9:00–19:00 Siempre con cita previa
Calle del Olivo, 8 · ParlaEl mapa lo sirve Google. Si lo carga, Google recibirá su dirección IP.Cómo llegar →
Zonas en las que trabajamos
Nuestro despacho está en Parla y ahí atendemos a la mayoría de nuestros clientes. También llevamos herencias del resto de la Comunidad de Madrid, presencialmente o por videollamada.
ParlaGetafePintoFuenlabradaLeganésMóstolesAlcorcónValdemoroHumanesGriñónTorrejón de la CalzadaMadrid capital
Preguntas
Las dudas que nos plantean todos los días
¿Cuánto cuesta tramitar una herencia?
Depende del patrimonio y de si hay acuerdo entre los herederos. Le respondemos en 24 horas y le entregamos el presupuesto cerrado por escrito en 48, antes de empezar: ese es el importe final, sin sorpresas en la minuta.
¿Voy a pagar mucho Impuesto de Sucesiones en Madrid?
Si hereda de un padre, una madre o su cónyuge, casi seguro que no: la Comunidad de Madrid bonifica el 99 % de la cuota, y la factura suele quedarse en decenas de euros. Es distinto si hereda de un hermano, un tío o una tía: ahí la bonificación es del 50 % desde julio de 2025 y la cuota sí es relevante. Aun así, en los dos casos hay que presentar el impuesto en seis meses.
¿Cobran un porcentaje de lo que herede?
No, nunca. Hay despachos y plataformas que cobran un porcentaje del caudal, de modo que heredar un piso grande en lugar de uno pequeño les multiplica la minuta sin que el trabajo cambie. Nosotros cobramos por el trabajo, no por lo que usted hereda, y siempre con un importe cerrado por escrito.
¿Qué plazo tengo para pagar el Impuesto de Sucesiones?
Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si se solicita dentro de los cinco primeros. Fuera de plazo hay recargo e intereses de demora, así que conviene no esperar.
Uno de los herederos no quiere firmar. ¿Qué puedo hacer?
Primero se intenta el acuerdo: es más rápido y más barato para todos. Si no lo hay, cabe instar la división judicial de la herencia, con nombramiento de contador-partidor. Le explicamos qué le conviene en su caso concreto.
¿Qué es exactamente la liquidación de gananciales?
El reparto del patrimonio común cuando se disuelve la sociedad de gananciales, por divorcio, separación o fallecimiento. Se inventaría lo común, se descuentan deudas y compensaciones y se adjudica a cada parte lo que le corresponde.
¿Puedo heredar deudas?
Sí, si acepta la herencia pura y simplemente. Por eso, cuando hay dudas, se acepta a beneficio de inventario: se responde solo con los bienes heredados y nunca con el patrimonio personal.
¿Hay que ir al despacho o se puede hacer a distancia?
Puede venir al despacho de Parla o al de la calle Velázquez, en Madrid, siempre con cita previa, o hacerlo todo por videollamada: llevamos el expediente entero a distancia si lo prefiere. Solo son imprescindibles las firmas ante notario y, en muchos casos, pueden hacerse por poder. No nos desplazamos al domicilio del cliente.
Mi padre vivía en Madrid pero tenía también un piso en el pueblo. ¿Pierdo la bonificación?
No. La bonificación del Impuesto de Sucesiones depende de dónde tenía su residencia habitual el fallecido, no de dónde estén los inmuebles. Si vivía en la Comunidad de Madrid, se aplica la normativa madrileña a toda la herencia, incluidos los bienes que estén en otra provincia. Es una de las dudas que más nos plantean. Lo que sí cambia es la plusvalía municipal, que la cobra cada ayuntamiento donde esté cada inmueble.
¿Ustedes tratan con el banco o tengo que ir yo?
Tratamos nosotros. Los departamentos de testamentaría de los bancos piden documentación adicional en anexos con su propio formato, distintos en cada entidad, y es donde más se atascan las familias. Nosotros preparamos y presentamos todo eso, y le decimos en qué momento se desbloquean las cuentas.
Áreas
Dos especialidades, hechas a fondo
No llevamos de todo. Llevamos herencias y liquidaciones de gananciales, con toda su parte fiscal, que es donde en veinticinco años hemos visto prácticamente todos los escenarios.
Tramitación completa de herencias
Certificados, inventario, cuaderno particional y firma ante notario. Con testamento o sin él: si no lo hay, tramitamos la declaración de herederos. Usted solo tiene que firmar.
Herencia del viudo o la viuda
Primero se liquidan los gananciales y después se reparte la herencia. Lo hacemos en un solo expediente y una sola escritura.
Liquidación de gananciales
Separamos lo suyo de lo común: vivienda, hipoteca, negocio, cuentas y deudas. De mutuo acuerdo o en contencioso.
Herencias con conflicto
Herederos que no firman, legítimas vulneradas, desheredaciones e impugnación de testamento.
Valoración de los inmuebles
Hacienda calcula el impuesto sobre el valor de referencia de Catastro, que muchas veces no es lo que vale la casa de verdad. Revisamos cada inmueble antes de declarar y recurrimos la comprobación de valores si llega.
Impuestos al vender lo heredado
El valor que se declara en la herencia decide lo que pagará de IRPF el día que venda. En Madrid, con Sucesiones bonificado al 99 %, valorarlo bien desde el principio puede ahorrarle miles de euros en esa venta.
¿Y si lo que quieren es vender el piso?
Es lo que ocurre en la mayoría de las herencias: los hermanos no van a vivir en la casa de sus padres y prefieren repartir el dinero. Trabajamos con varias inmobiliarias colaboradoras de la zona para que no tenga que empezar de cero cuando termine el reparto.
Le presentamos varias inmobiliarias, no una sola
La vivienda sale a la venta ya inscrita a su nombre
Revisamos el efecto fiscal de la venta antes de firmar
Usted decide: puede vender con quien quiera
En Madrid casi no se paga. Pero hay que presentarlo igual
Hijos, cónyuge y padres tienen bonificado el 99 % del Impuesto de Sucesiones. Aun así hay que declararlo en seis meses, y fuera de plazo hay recargo.
Día 0
Fallecimiento. Certificado de defunción y de últimas voluntades.
Mes 5
Último día para pedir la prórroga de seis meses. Después ya no se concede.
Mes 6
Vence el plazo del Impuesto de Sucesiones y de la plusvalía municipal.
8–10
semanas
Le damos una fecha, y va por escrito
Desde que tenemos la documentación completa hasta la firma de la escritura ante notario. El plazo figura en la hoja de encargo, junto al honorario, antes de que usted contrate nada.
Muy por debajo de los seis meses del impuesto
Le avisamos en cada hito del expediente
Si un tercero se retrasa, se lo decimos el mismo día
Reseñas
Lo que dicen quienes ya han pasado por esto
5,026 reseñas en Google de Pilar Matilla Montero
Pilar es una profesional de la cabeza a los pies. Cuando le cuentas tu problema, sabe qué hacer, por qué hacerlo y cuándo. Te da una tranquilidad asombrosa, abriendo todas las puertas hasta el fin del proceso.
Me sorprendió por su calidez y su escucha. Desde la primera conversación logró darme tranquilidad y, aunque no me conocía, supo orientarme con una delicadeza y seguridad que rara vez se encuentran.
Pilar me ha facilitado todo muchísimo. Ha estado pendiente de todo y me consta que ha sido un caso complicado.
Pilar es una gran profesional: honesta, muy trabajadora, luchadora y empática.
Maravillosa profesional, con un trato exquisito, cercano y personal.
Muchas gracias, Pilar. ¡Espero que sigas ayudando a mucha gente!
Seguimiento
No le vamos a dejar seis meses sin noticias
La queja más repetida sobre los abogados no es el precio: es el silencio. Por eso le escribimos por WhatsApp cada vez que su expediente avanza un paso, sin que tenga que llamar a preguntar.
Un mensaje suyo por cada trámite completado, con la fecha
Habla siempre con César o con Pilar, no con una centralita
Copia de cada documento que se presenta, el mismo día
Así avanza una herencia
Las seis fases por las que le iremos informando
Ejemplo
1Certificados de defunción y últimas voluntadesLos pedimos nosotros. Le avisamos al recibirlos.
2Copia autorizada del testamentoO el acta de declaración de herederos, si no hubo testamento.
3Inventario y valoración de bienesLe pasamos el inventario para que lo revise antes de seguir.
4Cuaderno particionalEl reparto por escrito. Nada se firma sin que usted lo apruebe.
5Firma en notaríaLe damos día y hora con antelación suficiente.
6Impuestos e inscripción en el RegistroPresentados en plazo. Le mandamos copia de todo.
Documentación
Qué papeles hacen falta para una herencia
Esta es la lista completa. Los cuatro primeros los conseguimos nosotros; para el resto necesitamos su ayuda.
01Certificado de defunciónDel Registro Civil. Lo pedimos nosotros.
02Certificado de últimas voluntadesDice si hubo testamento y ante qué notario. Lo pedimos nosotros.
03Certificado de seguros de vidaRevela pólizas que la familia suele desconocer. Lo pedimos nosotros.
04Copia autorizada del testamentoDe la notaría donde se otorgó. Lo pedimos nosotros.
05Escrituras de los inmueblesO al menos la referencia catastral de cada uno.
06Certificados de saldo bancarioA fecha del fallecimiento, de cada banco.
07DNI de todos los herederosY el libro de familia, si lo conservan.
08Deudas y gastos pendientesHipotecas, préstamos y el gasto del entierro, que desgrava.
Si no tiene nada de esto, no importa: se empieza igual. Basta con el nombre completo y la fecha de fallecimiento para poner en marcha el expediente.
Enlaces útiles
Dónde comprobarlo todo usted mismo
Los organismos donde se piden los certificados de una herencia y los colegios y asociaciones a los que pertenecemos. Puede consultarlos por su cuenta cuando quiera.